Derecho de la Unión europea.
La Unión Europea ha desarrollado un ordenamiento jurídico y político propio, que se rige por mecanismos y procedimientos de funcionamiento interno complejos, que se han extendido y evolucionado a lo largo de su historia hasta conformar, en la actualidad, un sistema jurídico sui generis.
La Unión Europea, y antes las Comunidades Europeas, promueve la integración continental por medio de políticas comunes que abarcan distintos ámbitos de actuación, en su origen esencialmente económicos y progresivamente extendidos a ámbitos indudablemente políticos. Para alcanzar sus objetivos comunes, los estados de la Unión le atribuyen a esta determinadas competencias, ejerciendo una soberanía en común o compartida que se despliega a través de los cauces comunitarios.
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Tratado de Roma.
Europa de seis. Los Tratados de Roma, firmados el 25 de marzo de 1957, son dos de los tratados que dieron origen a la Unión Europea. El primero estableció la Comunidad Económica Europea (CEE) y el segundo estableció la Comunidad Europea de la Energía Atómica (CEEA o Euratom). Ambos tratados junto con el de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), creada unos años antes, conforman los "Tratados Constitutivos" de las Comunidades Europeas.
Ambos tratados fueron firmados por Alemania Federal, Bélgica, Francia, Italia, Luxemburgo, y los Países Bajos. Tras ser ratificados por los parlamentos de cada estado, los tratados entraron en vigor el 1 de enero de 1958. El tratado de la CEE ha sido modificado en numerosas ocasiones. Desde entonces se ha cambiado de nombre desde el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y finalmente, Tratado de Funcionamiento de la Unión.
Antecedentes
Partiendo de la propuesta originalmente anunciada en 1950 por Robert Schuman, Ministro francés de Asuntos Exteriores, en 1951 se firmó el Tratado de París, formalizando la creación de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA). El documento fue un tratado basado en el derecho internacional, diseñado para ayudar a reconstruir las economías del continente europeo, evitar la guerra en Europa y garantizar una paz duradera tras la Segunda Guerra Mundial. El Tratado constitutivo de la CECA entró en vigor el 23 de julio de 1952, y expiró el 23 de julio de 2002, después de cincuenta años, como estaba previsto. El mercado común fue abierto el 10 de febrero de 1953 para el carbón, el mineral de hierro y chatarra y el 1 de mayo de 1953 para el acero. Otras dos comunidades fueron propuestas; una Comunidad Europea de Defensa (CED) y una Comunidad Política Europea (CPE). Si bien el tratado para que éste estaba siendo elaborado por la Asamblea Común de la CECA, el CED fue rechazada por el Parlamento francés. Jean Monnet, una de las principales figuras detrás de las comunidades, dimitió de la Alta Autoridad en protesta y empezó a trabajar en otras comunidades, sobre la base de la integración económica en lugar de la integración política. Tratados. La Asamblea común propuso la ampliación de las competencias de la CECA para abarcar otras fuentes de energía y Monnet promovió la idea de crear una comunidad que incluyese la energía atómica. Entonces el ingeniero francés Louis Armand asumió la dirección de un estudio sobre las perspectivas de uso de la energía nuclear en Europa. El informe llegó a la conclusión que un mayor desarrollo nuclear era necesaria para cubrir el déficit dejado por el agotamiento de los yacimientos de carbón y para reducir la dependencia de los países productores de petróleo. Por otra parte, los estados del Benelux y Alemania también tenían interés en la creación de un mercado común, a pesar de que Francia se opuso debido a su proteccionismo. Al final, Monnet, propuso la creación de dos comunidades separadas, en un intento de satisfacer todos los intereses. Como resultado de la Conferencia de Messina de 1955, Paul-Henri Spaak fue nombrado presidente de un comité preparatorio (Comité Spaak) encargado de la redacción de un informe sobre la creación de un mercado común europeo. El documento fue aceptado en la Conferencia de Venecia (29 y 30 de mayo de 1956), donde se tomó la decisión de organizar una Conferencia Intergubernamental. El informe constituyó la piedra angular de la Conferencia Intergubernamental sobre el Mercado Común y Euratom en Val Duchesse, en 1956. El resultado de la conferencia fue que las nuevas comunidades que compartirían la Asamblea común (en la actualidad Parlamento Europeo), con la CECA, ya con el Tribunal de Justicia. Sin embargo, no comparten el Consejo de la Alta Autoridad de la CECA. Las dos nuevas Altas Autoridades sería comisiones, esto se debió a una reducción de sus poderes. Francia se mostró reticente a aceptar más poderes supranacionales y, por tanto, las nuevas comisiones solo tienen competencias básicas y las decisiones importantes tienen que ser aprobadas por el Consejo. La conferencia dio lugar a la firma, el 25 de marzo de 1957, de los Tratados de Roma, en el Palacio de los Conservadores de Capitolio en Roma. En marzo de 2007, la BBC informó que los retrasos en la impresión del documento, provocaron que el tratado firmado por los líderes europeos consistió en páginas en blanco entre su portada y la página de las firmas. Los Tratados de Roma desarrollaron un proceso de integración que afectase de manera paulatina diversos sectores de la economía, creando instituciones supranacionales en las que los estados miembros ceden parte de su soberanía sobre determinadas competencias. Así la CEE creó una serie de instituciones: la Comisión, el Consejo, la Asamblea Europea, el Tribunal de Justicia y el Comité Económico Social. De esta manera se inició un proceso en el que la progresiva integración económica allanó el camino a la unión política. En su Preámbulo el Tratado que instituía la CEE (hoy el TFUE) afirmaba: "...los signatarios están determinados a establecer los fundamentos de una unión sin cesar más estrecha entre los países europeos"El 25 de marzo de 2007, para conmemorar el 50 aniversario de los Tratados de Roma, se firmó la Declaración de Berlín que recoja los "valores y ambiciones" de la Unión. |
Estructura política
El sistema político y jurídico esta estructurado conforma por siete instituciones principales: la Comisión Europea, el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo, el Consejo de la UE, el Tribunal de Justicia de la UE, el Tribunal de Cuentas y el Banco Central Europeo.
Además existe otros organismos como el Defensor del Pueblo Europeo, el Comité Económico y Social Europeo, el Banco Europeo de Inversiones o el Comité de las Regiones.
Las instituciones europeas:
El Consejo Europeo ejerce funciones de orientación política general y de representación exterior, y nombra a los jefes de las altas instituciones constitucionales.
El Parlamento Europeo y el Consejo ejercen la potestad legislativa en igualdad de condiciones, tomando decisiones conjuntas —a excepción de los procedimientos legislativos especiales, donde el Parlamento desempeña un papel meramente consultivo.
La Comisión o Colegio de Comisarios aplica el Derecho de la Unión, supervisa su cumplimiento y ejecuta sus políticas, y a ella corresponde en exclusiva la iniciativa legislativa ante el Parlamento y la Comisión.
El Tribunal de Justicia ejerce las labores jurisdiccionales supremas en el sistema jurídico comunitario.
El Tribunal de Cuentas supervisa y controla el buen funcionamiento y la adecuada administración de las finanzas y de los fondos comunitarios, y El Banco Central Europeo dirige y aplica la política monetaria única de la zona euro |
Pilares de la Unión Europea.
Los Pilares de la Unión Europea hacen referencia a los tres pilares con que el Tratado de la Unión Europea (TUE) de 1993 designaba las tres categorías entre las que se distribuían los distintos ámbitos en los que la Unión actúa en diferentes grados y formas.
Estos tres pilares del TUE conformaron en dicho periodo (1993-2009) la arquitectura de la Unión: Primer pilar: La dimensión comunitaria, que corresponde a las disposiciones incluidas en el Tratado de la Comunidad Europea, la CECA y la Euratom: ciudadanía de la Unión, políticas comunitarias, unión económica y monetaria, etc. Segundo pilar: La política exterior y de seguridad común (PESC), regulada por el Título V del TUE. Tercer pilar: La cooperación policial y judicial en materia penal, regulada por el Título VI del TUE. Al interior de esta estructura se superponían varios tipos de competencias. Los actos adoptados en el marco del primer pilar eran aprobados de conformidad con los procedimientos legislativos de la Unión Europea. Por su parte, los otros dos pilares estaban sujetos en una cooperación intergubernamental entre los Estados miembros.
Con el Tratado de Lisboa de 2009 se puso fin a esta arquitectura. La Comunidad Europea despareció siendo sustituida por la UE, a la que se confieren procedimientos legislativos que le permiten ejercer las competencias que tiene atribuidas. Además, la UE también adquirió la personalidad jurídica que estaba reservada a la Comunidad.
Estructura
Esta fue la estructura de la Unión Europea desde la puesta en marcha del Tratado de Maastricht (1993) hasta el Tratado de Lisboa (2009):
Primer pilar:
Comunidades Europeas (método de integración a la comunidad)
Comunidad Europea (CE):
Segundo pilar:
Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea
(método de cooperación intergubernamental)
Tercer pilar:
Cooperación policial y judicial
(método de cooperación intergubernamental)
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Pasaporte de la UE
Los pasaportes de los estados miembros, a excepción del croata, son de color borgoña, con el escudo del Estado miembro de la Unión Europea en el centro de la tapa frontal del pasaporte. Las palabras «pasaporte» y «Unión Europea» («Comunidad europea» hasta al 1997), en el idioma oficial del país, se encuentran inscritos bajo el escudo, junto al nombre del país. Desde 2009 dichos pasaportes son biométricos y tienen el símbolo de datos biométricos en el fondo.
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Geografía
La Unión Europea está formada por 27 países europeos soberanos independientes que se conocen como los estados miembros. La Unión fue fundada por seis países de Europa occidental (Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Países Bajos, y Luxemburgo) y se amplió en seis ocasiones, por los cuatro puntos cardinales de la geografía europea.
En el territorio de la Unión Europea, los tres países más extensos son 1.º Francia, 2.º España y 3.º Suecia; y los tres países menos extensos son Malta (con una superficie más de dos mil veces inferior al país más grande de la Unión Europea), Luxemburgo y Chipre. En cuanto a jurisdicción sobre el Mar, un país de la Unión Europea, Francia (con más de 11 millones de km²), tiene la más extensa Zona Económica Exclusiva del mundo.
El territorio de la Unión Europea consiste en el conjunto de territorios de sus 27 Estados miembros con algunas excepciones que se exponen a continuación. El territorio de la UE no es el mismo que el de Europa, ya que, en primer lugar, hay estados europeos que se encuentran fuera de la UE, como Reino Unido, Islandia, Suiza, Noruega y Rusia. Además, ciertos territorios europeos de los estados miembros no forman parte de la UE (por ejemplo, las Islas Feroe). Tampoco forman parte de la UE varios territorios situados fuera del continente asociados a los estados miembros (por ejemplo, Groenlandia, Aruba, las Antillas Neerlandesas y las Colectividades Territoriales francesas).
Por el contrario, sí hay ciertos territorios de ultramar que son parte de la UE pese a estar situados fuera del continente europeo, como las Azores, Islas Canarias, Ceuta, Melilla, Guayana Francesa, Guadalupe, Madeira, Martinica, San Martín, La Reunión y Mayotte.
La superficie combinada de los estados miembros de la UE cubre un área de 4.237.473 kilómetros cuadrados. El paisaje, el clima, y la economía de la UE se ven influidas por sus costas, que suman 53 563,9 kilómetros de largo. La UE tiene la tercera costa más larga del mundo después de Australia y Canadá. La combinación de los estados miembros comparte fronteras terrestres con 21 estados no miembros para un total de 13 271 kilómetros, la quinta frontera más larga del mundo.
En Europa la UE tiene fronteras con Noruega, Rusia, Bielorrusia, Ucrania, Moldavia, Reino Unido, Suiza, Liechtenstein, Andorra, Mónaco, San Marino, Ciudad del Vaticano, Turquía, Macedonia del Norte, Bosnia y Herzegovina, Albania, Montenegro y Serbia. Por último, tiene fronteras con: San Martín en el Mar Caribe; Brasil y Surinam en América del Sur y con Marruecos en África.
Ultramar.
Algunos estados miembros poseen territorios fuera del continente europeo, los cuales pueden formar parte de la Unión; son denominados generalmente regiones ultraperiféricas o territorios de ultramar.
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El Cuarto Reich es un término utilizado para describir un hipotético Imperio alemán sucesor del Tercer Reich o Alemania nazi (1933-1945). El término «Tercer Reich» fue acuñado por Arthur Moeller van den Bruck como el título de su libro Das Dritte Reich (1923). El «Primer Reich» fue Sacro Imperio Romano Germánico, 962-1806 y el «Segundo Reich» (Imperio alemán, 1871-1918)
Despectivo Muchos sectores euroescépticos y nacionalista hostiles a la integración política y económica de Europea, utilizan el término para criticar la posición dominante de Alemania en la Unión Europea. Ejemplo de la critica a la Unión europea.
«La UE es el Cuarto Reich, el sueño de Hitler» Un nuevo libro titulado ‘La Unión Europea: la verdad sobre el Cuarto Reich. Cómo ganó Hitler la Segunda Guerra Mundial’ dice que una moneda única, un mercado común e incluso el nombre Estados Unidos de Europa son conceptos que idearon los nacional socialistas. Los autores, Daniel J. Beddowes y Falvio Cipollini., presentan en la obra sus innovadoras opiniones sobre los orígenes de la UE y su función. Los escritores se preguntan «¿Qué es la UE, a quién beneficia realmente? La respuesta es, sin duda alguna, a Alemania». Analizando el resultado de la Segunda Guerra Mundial, aseguran que «aunque creemos que la ganamos, en realidad perdimos». «Consideramos que es obvio que actualmente vivimos en el Cuarto Reich.» Los autores llegan a afirmar que «los que apoyan la idea de la UE apoyan la política europea de los nazis». En el capítulo titulado ‘La UE fue creada por los nazis’, afirman que Walther Funk, presidente del Reichsbank y ministro de Economía del Reich, predijo la aparición de una unión económica europea. Hay que destacar que Funk fue uno de los principales consejeros de Hitler. Según el libro, «los nazis querían eliminar la confusión que suponía una Europa compuesta de pequeñas naciones y su plan era muy simple, el sueño de Hitler era la UE».Beddowes y Cipollini subrayan que «los aliados adoptaron la principal idea de Hitler», que incluía planes económicos para la creación de una unión basada en la federación. Destacan que el primer ministro conservador británico, Edward Heath, en 1973 recibió 35.000 libras cuando el Reino Unido entró en la Comunidad Económica Europea y el ministro de propaganda de la Alemania nacionalsocialista, Joseph Goebbels, estaba orgulloso de que la cadena BBC apoyara la idea de la UE. «No podemos encontrar ninguna diferencia entre el proyecto de Hitler de unos Estados Unidos de Europa con Alemania al timón y la Unión Europea actual», manifiestan los autores. |
Continuación
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